1. Procede en los casos de fallas o deficiencias, señalados en el artículo 20 de la Ley N° 19.496:a. Productos que no cumplen con las normas obligatorias de seguridad.b. Producto no apto para su uso por deficiencias de fabricación, elaboración, en sus materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, estructura, calidad o condiciones sanitarias. c. Productos reparados con deficiencias permanentes.d. Falta de correspondencia entre el material del producto y sus especificaciones.e. Producto que tenga defectos o vicios ocultos que imposibiliten el uso a que habitualmente se destine.
2. El consumidor dispone del plazo de seis (06) meses desde la fecha de recepción del producto, para productos no perecibles y para productos perecibles será la fecha indicada en el envase o en su defecto, siete (07) días para solicitarla.
3. La falla o defecto no puede deberse a causas que seaan imputables al consumidor. Para verificar que se cumplen las condiciones establecidas en la Ley N° 19.496 para hacer efectiva la garantía, el producto deberá ser ingresado al Servicio Técnico de Luxottica of Chile S.A., el que emitirá un diagnóstico dentro de un plazo razonable, el cual debe ser informado a los consumidores.
4. El consumidor tiene un derecho de opción, para requerir a libre elección de éste, ante cualquiera de las situaciones anteriores : a. La devolución del precio pagado, previa restitución del producto b. La reposición del producto por uno idéntico o de similares características, previa restitución del producto.c. La reparación del producto de manera gratuita.
5. Una vez ejercida la opción de reparación si las fallas persisten el consumidor tendrá la opción de elegir la restitución o la devolución del dinero.
6. En el caso de que un producto cuya cantidad o contenido neto sea inferior a la señalada en el envase o el empaque (líquidos para lentes de contacto), el consumidor dispondrá del derecho a la reposición del producto, o en su defecto: a. Bonificación de su valor en la compra de otro producto.b. La devolución del precio que haya pagado en exceso.
En caso de que un producto presente fallas de las referidas en el artículo 20 de la Ley N°19.496, durante los primeros 6 meses desde su compra o recepción, el consumidor tendrá el derecho irrenunciable a optar, a su arbitrio, entre la reparación gratuita del bien o, previa restitución, su reposición o la devolución de la cantidad pagada, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados. Asimismo, en caso de disconformidad con el servicio ofrecido el consumidor tiene siempre el derecho de acudir a los Tribunales competentes.